Hoy resolveremos una de las cuestiones que a veces traen consigo tanto confusiones como sorpresas por desconocimiento del código penal y sus aplicaciones: ¿En qué casos un delito puede acarrear el ingreso en prisión?
Tipos de delitos y sus penas
Antes de nada, deberemos clasificar los distintos tipos de delitos que hay, así como las penas impuestas para cada uno de ellos, ya que no todos son constitutivos de una condena que implique que el condenado deba ingresar en prisión.
Según su gravedad, los delitos en España pueden ser:
Graves
El código penal establece como delitos graves aquellos que se cometen atentado contra los derechos y seguridad de la sociedad y cuya condena de prisión puede ir desde los 5 años hasta la prisión permanente revisable. Algún ejemplo de estos delitos son:
- Terrorismo.
- Traición.
- Incendio provocado.
- Asesinato.
- Violación.
- Robo y secuestro.
- Tráfico de drogas o armas.
- Posesión de armas de fuego por personas con condenas previas.
Menos graves
El código penal clasifica como delitos menos graves aquellos cuya conducta sea castigada con penas de prisión o inhabilitación inferiores a 5 años. Algunos de estos delitos son el hurto o conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
Leves
Los delitos leves se incluyeron en 2015 en el código penal, para sustituir lo que se condenaba como antiguas faltas administrativas.
El código penal establece como delitos leves aquellas infracciones penales que no presentan la gravedad de un delito. Sin embargo, no todas las faltas se han incluido como delitos leves, algunos se han despenalizado y otras se castigan por la vía administrativa.
Las sanciones que persiguen castigar este tipo de delitos son:
- Privación del derecho a conducir vehículos a motor.
- Privación del derecho a la tenencia de armas.
- Inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.
- Privación del derecho a residir o a acudir a ciertos lugares.
- Prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima o sus familiares.
- Multa de hasta tres meses.
- Localización permanente.
- Trabajos en beneficio de la comunidad.
Condiciones que deben darse para entrar en prisión
Una vez establecidos los delitos existentes, y su correspondiente pena, el hecho de que su condena lleve implícita una pena de prisión, han de cumplirse una serie de condiciones para que el condenado ingrese en prisión.
Pena de prisión
Como es lógico, para que el condenado cumpla una pena de prisión debe condenarse por ello, y como hemos visto, los delitos leves, y algunos menos graves, no traen consigo directamente una sentencia de privación de libertad, sino que se imponen sanciones administrativas, trabajos a la comunidad, etc.
Prisión preventiva
Sin embargo, un ingreso en prisión, no se da únicamente con una sentencia, en ocasiones puede darse como medida preventiva cuando:
Los hechos presentan una pena privativa superior a los 2 años, o el encausado tuviere antecedentes penales.
Existan motivos bastantes para creer que el acusado es responsable de los hechos que se le acusan.
Exista riesgo de fuga, destrucción de pruebas o peligro para la víctima.
¿Es posible evitar la prisión?
Es muy común escuchar que si la pena no supera los 2 años, el acusado no pisará la cárcel, y esta afirmación es completamente falsa.
Es cierto que en determinadas circunstancias, es posible que tras una sentencia firme por el cual un individuo sea condenado a prisión, este pueda evitar la cárcel, para lo cual, la justicia contempla diversas alternativas.
Sustitución de la pena
En ciertos casos, y reuniendo una serie de condiciones necesarias, es posible la sustitución de la pena impuesta, estas condiciones son:
- Que la pena no supere los 2 años.
- No se haya cometido más de 3 delitos similares en los últimos 3 años
- Que demuestre esfuerzos para reparar el daño.
Suspensión de la pena
Esto da la posibilidad de suspender la pena de prisión durante un periodo entre los 2 y los 5 años.
Hay varios tipos de suspensiones:
- Ordinaria:
Para que se haga efectiva, debe tratarse de una condena no superior a los 2 años, y tratarse de un reo sin antecedentes penales.
- Sustitutiva:
Se aplica a penas inferiores a 2 años y para reos con antecedentes, pero que no sean delincuentes habituales.
- Por enfermedad incurable:
Cuando el condenado se encuentre afectado por una enfermedad incurable, este podrá beneficiarse de la suspensión de la condena sin necesidad de cumplimiento alguno.
- Por drogadicción:
La suspensión también puede darse a personas drogodependientes cuyo delito esté relacionado con dicha drogadicción como medida para atajar su problema.
Para ello, la condena no debe superar los 5 años, y el reo debe de estar sujeto a algún programa de desintoxicación.
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