Durante el estado de alarma que estamos viviendo, surgen dudas sobre en qué situación queda el régimen de visitas y vacaciones establecido judicialmente.
El Decreto establecido por el Gobierno establece los casos en los que es posible desplazarse, dejando fuera de estos aquellos en los que el progenitor no custodio deba desplazarse al domicilio donde vive su hijo o hijos, para recogerlo y devolverlo cuando así corresponda. Este primer punto es el que están acogiendo algunos juzgados para entender que el régimen de visitas y vacaciones quedaría en suspenso durante el estado de alarma.
El Consejo General del Poder Judicial deja la potestad de la suspensión en manos de los acuerdos entre progenitores, estableciendo que a falta de este debería ser un juez quien resolviese las disputas surgidas. Esta resolución hace que, este despacho, entienda que la suspensión de “facto” no se da por el Decreto del Gobierno, debiendo llegarse a acuerdos entre padres o dejando estos al arbitrio del juzgado correspondiente en cada caso.
En caso de no haber acuerdo, es aconsejable que el progenitor que no pueda cumplir con el régimen establecido, acuda al auxilio judicial en aras de evitar situaciones futuras comprometidas (posibles ejecuciones, denuncias, perdidas de días a compensar, etc.).
En un caso que ha tenido este despacho de abogados, la madre se negaba a suspender el régimen de visitas y vacaciones, con la correspondiente compensación futura de estos días, pese a que el padre es paciente de riesgo (tiene informe médico y permiso retribuido por su empresa). La resolución judicial estableció la suspensión del régimen de vacaciones (Semana Santa) y visitas y la obligatoriedad de compensar estos días en un futuro, previo acuerdo de los progenitores, imperando la lógica de que una persona de riesgo no puede/debe salir de su domicilio.
Como se puede apreciar de lo expuesto, la situación es más compleja de lo que parece y puede dar lugar, en un futuro, a numerosos procedimientos judiciales, siendo por tanto deseable el accionar los mecanismos disponibles en este estado de alarma.