La inscripción de nuestros datos personales, bien seamos personas físicas o jurídicas, en ficheros de solvencia patrimonial puede ser más habitual de lo comúnmente pensado, ya que un simple descuido en el abono de un recibo puede conllevar, a veces como medida de presión de muy dudosa legalidad, a ver como nuestro nombre es inscrito como deudor.Los efectos de dicha inscripción pueden ser muy variados, y pueden afectaros negativamente a la hora de solicitar cualquier tipo de financiación, adquirir a plazos algún artículo, contratar servicios básicos como líneas telefónicas, internet, etc.
Cuando una entidad nos inscribe en un fichero “de morosos”, y lo hace sin guardar el debido respeto a los requisitos legales, puede enfrentarse a ser condenados en sede judicial por vulnerar el derecho al honor del sujeto inscrito, siendo objeto de condena tanto la exclusión de los ficheros en los que indebidamente nos han inscritos, como a una indemnización, la cual no puede ser simbólica, y que puede variar desde los 2.000 hasta los 18.000 euros.